Manuales y llamamientos
18. Efectuar ordenanzas y bendiciones del sacerdocio


“18. Efectuar ordenanzas y bendiciones del sacerdocio”, Manual General, 2023

“18. Efectuar ordenanzas y bendiciones del sacerdocio”, Manual General

Imagen
familia caminando cerca de un templo

18.

Efectuar ordenanzas y bendiciones del sacerdocio

18.0

Introducción

Las ordenanzas y bendiciones son actos sagrados efectuados mediante la autoridad del sacerdocio y en el nombre de Jesucristo. Las ordenanzas y bendiciones del sacerdocio brindan acceso al poder de Dios (véase Doctrina y Convenios 84:20).

Las ordenanzas y bendiciones se deben llevar a cabo con fe en el Padre Celestial y en Jesucristo, y de acuerdo con la guía del Espíritu Santo. Los líderes se aseguran de que se realicen con la aprobación debida (cuando sea necesario), con la autoridad del sacerdocio que se requiera, de la manera apropiada y por medio de participantes dignos (véase 18.3).

18.1

Las ordenanzas de salvación y exaltación

El sacerdocio incluye la autoridad para administrar las ordenanzas del Evangelio que son necesarias para la salvación y la exaltación. Las personas hacen convenios sagrados con Dios al recibir esas ordenanzas. A continuación, se indican las ordenanzas de salvación y exaltación:

  • El bautismo

  • La confirmación y el don del Espíritu Santo

  • El conferir el Sacerdocio de Melquisedec y la ordenación a un oficio (en el caso de los hombres)

  • La investidura del templo

  • El sellamiento en el templo

Si un niño que ha nacido en el convenio muere antes de cumplir los ocho años, no se necesitan ni se deben efectuar ordenanzas. Si el niño no nació en el convenio, entonces la única ordenanza que necesita es el sellamiento a sus padres. Gracias a la Expiación del Salvador, todos los niños que mueren antes de los ocho años “se salvan en el reino celestial de los cielos” (Doctrina y Convenios 137:10; véase también Moroni 8:8–12).

18.3

Participar en una ordenanza o bendición

Aquellos que efectúan o participan en una ordenanza o bendición deben tener la autoridad del sacerdocio necesaria y ser dignos. Por lo general, la norma de dignidad es la que corresponde para tener la recomendación para el templo. No obstante, siguiendo la guía del Espíritu y las instrucciones de este capítulo, los obispos y los presidentes de estaca pueden permitir a los padres y esposos que posean el oficio del sacerdocio necesario que efectúen algunas ordenanzas y bendiciones, o participen en ellas, aun cuando no sean totalmente dignos de entrar en el templo. Un poseedor del sacerdocio que tiene pecados graves sin resolver, no debe participar.

Para efectuar o recibir algunas ordenanzas y bendiciones, se requiere la aprobación del líder que presida y que tenga las llaves del sacerdocio necesarias (véase 3.4.1). Según sea necesario, puede dar la aprobación un consejero a quien él autorice. Véanse los cuadros siguientes. Las referencias hechas a los presidentes de estaca también se refieren a los presidentes de misión. Las referencias a los obispos también se refieren a los presidentes de rama.

¿Qué líderes tienen las llaves para aprobar que se efectúen o reciban las ordenanzas de salvación y exaltación?

Ordenanza

Quién tiene las llaves

Ordenanza

Bautismo

Quién tiene las llaves

El obispo (en el caso de niños de ocho años y de miembros inscritos de nueve años o mayores cuyo bautismo se haya postergado debido a discapacidades intelectuales)

El presidente de misión (en el caso de los conversos)

Ordenanza

Confirmación y don del Espíritu Santo

Quién tiene las llaves

El obispo (en el caso de niños de ocho años y de miembros inscritos de nueve años o mayores cuyo bautismo se haya postergado debido a discapacidades intelectuales)

El presidente de misión (en el caso de los conversos)

Ordenanza

Conferir el Sacerdocio de Melquisedec y la ordenación a un oficio (en el caso de los hombres)

Quién tiene las llaves

El presidente de estaca

Ordenanza

Investidura del templo

Quién tiene las llaves

El obispo y el presidente de estaca

Ordenanza

Sellamiento en el templo

Quién tiene las llaves

El obispo y el presidente de estaca

¿Qué líderes tienen las llaves para aprobar que se efectúen o reciban otras ordenanzas y bendiciones?

Ordenanza o bendición

Quién tiene las llaves

Ordenanza o bendición

Dar un nombre y bendecir a los niños

Quién tiene las llaves

El obispo

Ordenanza o bendición

Santa Cena

Quién tiene las llaves

El obispo

Ordenanza o bendición

Conferir el Sacerdocio Aarónico y ordenar a un oficio (en el caso de los varones jóvenes y los hombres)

Quién tiene las llaves

El obispo

Ordenanza o bendición

Apartar a miembros para servir en llamamientos

Quién tiene las llaves

Véase 30.8

Ordenanza o bendición

Consagrar aceite

Quién tiene las llaves

No se necesita aprobación

Ordenanza o bendición

Bendecir a los enfermos

Quién tiene las llaves

No se necesita aprobación

Ordenanza o bendición

Bendiciones de consuelo y consejo, entre ellas, las bendiciones de padre

Quién tiene las llaves

No se necesita aprobación

Ordenanza o bendición

Dedicación de hogares

Quién tiene las llaves

No se necesita aprobación

Ordenanza o bendición

Dedicación de sepulturas

Quién tiene las llaves

El líder del sacerdocio que presida el servicio

Ordenanza o bendición

Bendiciones patriarcales

Quién tiene las llaves

El obispo

18.4

Las ordenanzas para menores de edad

Un menor de edad podrá recibir ordenanzas y bendiciones solamente cuando los padres o los tutores legales den su permiso. No se requiere permiso de uno de los padres ni de un tutor que no tenga base legal para oponerse a la acción.

18.6

Dar un nombre y bendecir a los niños

Normalmente, se da un nombre y una bendición a los niños durante la reunión de ayuno y testimonio del barrio en el que residen sus padres.

18.6.1

Quién da la bendición

La ordenanza de dar un nombre y bendecir a un niño la efectúan poseedores del Sacerdocio de Melquisedec, de conformidad con Doctrina y Convenios 20:70.

La persona o familia que desea que el niño reciba un nombre y una bendición coordina la ordenanza con el obispo. Él tiene las llaves del sacerdocio para dar un nombre y bendecir a los niños en el barrio.

El obispo puede permitir que un padre que posea el Sacerdocio de Melquisedec dé el nombre y bendiga a su hijo aun cuando el padre no sea totalmente digno de entrar en el templo (véase 18.3). Los obispos alientan a los padres a prepararse para bendecir a sus propios hijos.

18.6.2

Instrucciones

Bajo la dirección del obispado, los poseedores del Sacerdocio de Melquisedec se colocan en círculo para dar un nombre y bendecir al niño. Colocan las manos debajo del bebé o ligeramente sobre la cabeza del pequeño, si este ya no es un bebé. Entonces, quien actúa como portavoz:

  1. Se dirige al Padre Celestial tal como en una oración.

  2. Declara que la bendición se efectúa por la autoridad del Sacerdocio de Melquisedec.

  3. Da un nombre al niño.

  4. Se dirige al niño.

  5. Da una bendición al niño según le indique el Espíritu.

  6. Termina en el nombre de Jesucristo.

18.6.3

El formulario Registro de niño y el Certificado de bendición

Antes de que se bendiga al niño, el secretario utiliza el sistema Fuentes de recursos para líderes y secretarios (LCR, por sus siglas en inglés) para preparar el formulario Registro de niño. Después de la bendición, genera una cédula de miembro en dicho sistema y prepara el Certificado de bendición. El obispo firma el certificado y este se entrega a los padres o tutores del niño.

El nombre que se ponga en la cédula de miembro y en el certificado debe coincidir con el certificado de nacimiento, los documentos de nacimiento del registro civil o el nombre legal vigente.

18.7

El bautismo

El bautismo por inmersión en el agua por alguien que tenga la autoridad es necesario para que la persona llegue a ser miembro de la Iglesia y reciba el Espíritu Santo. Todos los que procuren la exaltación deben seguir el ejemplo del Salvador y recibir esas ordenanzas

18.7.1

La aprobación para que una persona sea bautizada y confirmada

18.7.1.1

Los niños que son miembros inscritos

En el barrio, el obispo posee las llaves del sacerdocio para el bautismo de los miembros inscritos que tengan ocho años. Dichos niños deben ser bautizados y confirmados en su octavo cumpleaños o después de este, tan pronto como sea razonable (véase Doctrina y Convenios 68:27). Esos niños ya tienen cédula de miembro de la Iglesia (véase 33.6.2). El obispo se asegura de que los niños que hayan llegado a la edad de ocho años tengan amplias oportunidades de aceptar el Evangelio, y ser bautizados y confirmados.

El obispo o un consejero asignado entrevista a los niños inscritos para el bautismo y la confirmación. Las instrucciones se encuentran en 31.2.3.1.

Para obtener información sobre cómo llenar el Registro de bautismo y confirmación, véase 18.8.3.

18.7.1.2

Los conversos

El presidente de misión posee las llaves del sacerdocio para bautizar a los conversos de la misión. Por esta razón, los misioneros de tiempo completo entrevistan a los conversos para el bautismo y la confirmación.

18.7.2

Los servicios bautismales

Los servicios bautismales deben ser sencillos, breves y espiritualmente edificantes. Pueden incluir lo siguiente:

  1. Música de preludio

  2. Una breve bienvenida por el hermano que dirige el servicio

  3. Un himno y una oración de apertura

  4. Uno o dos mensajes breves sobre temas del Evangelio, tales como el bautismo y el don del Espíritu Santo

  5. Un número musical

  6. El bautismo

  7. Cierto tiempo de reverencia mientras las personas que participaron en el bautismo se ponen ropa seca (podrían tocarse o cantarse himnos o canciones de la Primaria durante ese tiempo)

  8. La confirmación de los miembros inscritos de ocho años de edad; la confirmación de los conversos, si así lo ha determinado el obispo (véase 18.8)

  9. Los nuevos conversos comparten sus testimonios, si así lo desean

  10. Un himno y una oración finales

  11. Música de posludio

Cuando un niño inscrito se está preparando para ser bautizado, un miembro del obispado y una miembro de la presidencia de la Primaria deliberan en consejo con la familia para planificar y programar el servicio bautismal, el cual dirigirá un miembro del obispado. Si se bautizará a más de un niño ese mismo mes, los niños podrían compartir un mismo servicio bautismal.

En las estacas con muchos niños inscritos, los niños de varios barrios podrían compartir el mismo servicio bautismal. Dirige el servicio un miembro de la presidencia de estaca o un miembro asignado del sumo consejo.

No se debe demorar el bautismo de un miembro de la familia hasta que el padre pueda recibir el sacerdocio y efectuar él mismo el bautismo.

Bajo la dirección del obispado, el líder misional del barrio (si hay uno llamado) o el miembro de la presidencia del cuórum de élderes que dirige la obra misional en el barrio planifica y dirige los servicios bautismales de los conversos, y coordina labores con los misioneros de tiempo completo.

18.7.3

Quién efectúa la ordenanza

La ordenanza del bautismo la efectúa un presbítero o un poseedor del Sacerdocio de Melquisedec. La persona que efectúa el bautismo debe ser aprobada por el obispo (o por el presidente de misión, si quien efectúa el bautismo es un misionero de tiempo completo).

El obispo puede permitir que el padre que sea presbítero o posea el Sacerdocio de Melquisedec bautice a su hijo, aun cuando no fuere totalmente digno de entrar en el templo (véase 18.3). Los obispos alientan a los padres a prepararse para bautizar a sus propios hijos.

18.7.4

Dónde efectuar la ordenanza

Los bautismos se deberían efectuar en una pila bautismal, si hay una disponible. Donde no la haya, se puede utilizar cualquier masa de agua que sea segura.

Por motivos de seguridad, un adulto responsable debe estar presente mientras se esté llenando la pila bautismal y ha de permanecer allí hasta que esté vacía, limpia y segura. La pila se deberá vaciar inmediatamente después de cada servicio bautismal. Se deben cerrar con llave todas las puertas de la pila mientras no esté en uso.

18.7.5

La vestimenta

La persona que efectúa el bautismo y la persona que es bautizada visten ropa blanca que no se vea transparente al mojarse. Las personas que han recibido la investidura usan el gárment del templo bajo esa ropa al efectuar un bautismo. Las unidades locales compran ropa bautismal con los fondos del presupuesto y no cobran por su uso.

18.7.6

Los testigos

Dos testigos, con aprobación del líder que preside, observan cada bautismo para asegurarse de que se efectúe apropiadamente. Los miembros de la Iglesia que han sido bautizados, incluso los niños y jóvenes, pueden servir como testigos.

El bautismo se ha de repetir si no se pronuncian las palabras exactamente como aparecen en Doctrina y Convenios 20:73. También debe repetirse si parte del cuerpo o del cabello de la persona o de sus prendas no se sumergen por completo.

18.7.7

Instrucciones

Para efectuar la ordenanza del bautismo, el presbítero o poseedor del Sacerdocio de Melquisedec:

  1. Permanece de pie en el agua junto con la persona a la que va a bautizar.

  2. Con la mano izquierda, toma la muñeca derecha de la persona (por comodidad y seguridad). La persona que va a ser bautizada toma la muñeca izquierda del poseedor del sacerdocio con la mano izquierda.

  3. Levanta el brazo derecho en forma de escuadra.

  4. Declara el nombre completo de la persona y dice: “Habiendo sido comisionado por Jesucristo, yo te bautizo en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo. Amén” (Doctrina y Convenios 20:73).

  5. Espera a que la persona se tape la nariz con la mano derecha (por comodidad). Entonces coloca su mano derecha en la parte superior de la espalda de la persona y la sumerge por completo, incluso las prendas que viste.

  6. Ayuda a la persona a salir del agua.

18.8

La confirmación y el don del Espíritu Santo

Luego de ser bautizada, la persona es confirmada miembro de la Iglesia y recibe el Espíritu Santo por la imposición de manos (véanse Doctrina y Convenios 20:41; Hechos 19:1–6). La persona llega a ser miembro de la Iglesia después de que se han efectuado y registrado apropiadamente ambas ordenanzas (véanse Juan 3:5; Doctrina y Convenios 33:11; 3 Nefi 27:20).

El obispo supervisa la realización de las confirmaciones. Usualmente se confirma a los niños de ocho años el mismo día en que son bautizados. Se suele confirmar a los conversos en cualquier reunión sacramental del barrio donde residan, preferiblemente el domingo siguiente a su bautismo.

Un miembro del obispado sigue las pautas que se encuentran en 29.2.1.1 al presentar a los miembros nuevos.

18.8.1

Quién efectúa la ordenanza

Solamente los poseedores del Sacerdocio de Melquisedec que sean dignos de entrar en el templo pueden actuar como portavoz en las confirmaciones. Sin embargo, el obispo puede permitir que un padre que posea el Sacerdocio de Melquisedec forme parte del círculo en la confirmación de su hijo, aun cuando el padre no sea totalmente digno de entrar en el templo (véase 18.3).

Por lo menos un miembro del obispado participa en esta ordenanza. Cuando los élderes misioneros han enseñado a un converso, el obispo los invita a participar.

18.8.2

Instrucciones

Bajo la dirección del obispado, uno o más poseedores del Sacerdocio de Melquisedec pueden participar en la confirmación. Colocan las manos ligeramente sobre la cabeza de la persona y, entonces, quien actúa como portavoz:

  1. Llama a la persona por su nombre completo.

  2. Declara que la ordenanza se efectúa por la autoridad del Sacerdocio de Melquisedec.

  3. Confirma a la persona miembro de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días.

  4. Dice las palabras: “Recibe el Espíritu Santo” (no debe decir: “recibe el don del Espíritu Santo”).

  5. Pronuncia palabras de bendición, según se lo indique el Espíritu.

  6. Termina en el nombre de Jesucristo.

18.8.3

El registro y el certificado de bautismo y confirmación

Antes de que se entreviste para el bautismo a un niño que sea miembro inscrito, el secretario utiliza el sistema Fuente de recursos para líderes y secretarios a fin de preparar el Formulario de bautismo y confirmación. El obispo o un consejero asignado efectúa la entrevista y firma el formulario. Después del bautismo y la confirmación, el secretario utiliza este formulario para actualizar la cédula de miembro del niño en el sistema Fuentes de recursos para líderes y secretarios.

Cuando un misionero de tiempo completo entrevista a un converso para el bautismo, llena el Registro de bautismo y confirmación haciendo uso de la aplicación Planificador de la carpeta de área (ABP, por sus siglas en inglés). Después del bautismo y la confirmación, los misioneros registran la información en ABP y la envían electrónicamente al secretario de barrio. El secretario de barrio revisa la información en el sistema Fuentes de recursos para líderes y secretarios y crea la cédula de miembro.

Una vez creada la cédula de miembro, el secretario prepara el Certificado de bautismo y confirmación; el obispo lo firma y lo entrega a la persona.

El nombre que se ponga en la cédula de miembro y en el certificado debe coincidir con el certificado de nacimiento, los documentos de nacimiento del registro civil o el nombre legal vigente.

18.9

La Santa Cena

Los miembros de la Iglesia se reúnen el día de reposo para adorar a Dios y participar de la Santa Cena (véanse Doctrina y Convenios 20:75; 59:9; Moroni 6:5–6). Durante esa ordenanza, participan del pan y del agua en memoria del sacrificio que efectuó el Salvador de Su carne y Su sangre, y para renovar sus convenios sagrados (véanse Mateo 26:26–28; Traducción de José Smith, Marcos 14:20–25; Lucas 22:15–20; 3 Nefi 18; Moroni 6:6).

18.9.1

La aprobación para preparar, bendecir y repartir la Santa Cena

El obispo posee las llaves del sacerdocio para preparar, bendecir y repartir la Santa Cena en el barrio. Todo el que participe en la preparación, bendición y reparto de la Santa Cena debe recibir aprobación de él o la aprobación de alguien bajo su dirección.

18.9.2

Quién efectúa la ordenanza

  • Los maestros, los presbíteros y los poseedores del Sacerdocio de Melquisedec pueden preparar la Santa Cena.

  • Los presbíteros y los poseedores del Sacerdocio de Melquisedec pueden bendecir la Santa Cena.

  • Los diáconos, los maestros, los presbíteros y los poseedores del Sacerdocio de Melquisedec pueden repartir la Santa Cena.

18.9.3

Pautas para la Santa Cena

Debido a la naturaleza sagrada de la Santa Cena, los líderes del sacerdocio deben poner cuidado en su preparación, de modo que sea ordenada y reverente.

Quienes preparen, bendigan y repartan la Santa Cena deberán hacerlo con solemnidad, siendo conscientes de que están representando al Señor.

El reparto de la Santa Cena debe hacerse de forma natural y no excesivamente formal.

Aunque la Santa Cena es para los miembros de la Iglesia, no se debe hacer nada para evitar que la tomen otras personas.

18.9.4

Instrucciones

  1. Quienes preparan, bendicen o reparten la Santa Cena deben lavarse las manos primeramente con jabón u otro limpiador.

  2. Los maestros, los presbíteros o los poseedores del Sacerdocio de Melquisedec se aseguran de que las bandejas con el pan sin partir, las bandejas con vasitos llenos de agua potable y los manteles limpios estén colocados en su lugar antes de la reunión.

  3. Mientras la congregación canta el himno sacramental, los poseedores del sacerdocio que van a bendecir la Santa Cena se ponen de pie con reverencia, retiran la parte del mantel que cubre las bandejas del pan y parten el pan en trozos pequeños.

  4. Después del himno, la persona que bendice el pan se arrodilla y ofrece la oración sacramental del pan (véase Doctrina y Convenios 20:77).

  5. El obispo se asegura de que las oraciones sacramentales se pronuncien de manera clara, precisa y con solemnidad. Si alguien comete un error en las palabras, pero se corrige a sí mismo, no es necesario hacer otra corrección. Si la persona no corrige el error, el obispo le pide con amabilidad que repita la oración.

  6. Después de la oración y con reverencia, los poseedores del sacerdocio reparten el pan a los miembros. El líder que preside es el primero que la recibe, y después de él no se sigue ningún orden específico. Después de que se entrega la bandeja a los miembros, estos pueden pasársela entre ellos.

  7. Los miembros toman la Santa Cena con la mano derecha, cuando sea posible.

  8. Cuando se ha terminado de repartir el pan a todos los miembros, quienes reparten la Santa Cena devuelven las bandejas a la mesa sacramental. Quienes bendijeron la Santa Cena colocan el mantel sobre las bandejas del pan y descubren las bandejas del agua.

  9. La persona que bendice el agua se arrodilla y ofrece la oración sacramental del agua (véase Doctrina y Convenios 20:79). Usa las palabras esta agua en lugar de este vino y dice la beban en lugar de lo beban.

  10. Después de la oración y con reverencia, los poseedores del sacerdocio reparten el agua a los miembros. El líder que preside es el primero que la recibe, y después de él no se sigue ningún orden específico.

  11. Cuando se ha terminado de repartir el agua a todos los miembros, quienes reparten la Santa Cena devuelven las bandejas a la mesa sacramental. Quienes bendijeron la Santa Cena cubren las bandejas con el mantel y tanto los que la bendijeron como los que la repartieron vuelven con reverencia a sus asientos.

  12. Después de la reunión, los que prepararon la Santa Cena recogen y limpian todo, doblan los manteles y retiran el pan que no se haya usado.

18.10

Conferir el sacerdocio y ordenar a un oficio

Hay dos divisiones del sacerdocio: el Sacerdocio Aarónico y el Sacerdocio de Melquisedec (véanse 3.3; Doctrina y Convenios 107:1, 6). Cuando se confiere el sacerdocio a una persona, se la ordena además a un oficio en ese sacerdocio. Una vez que se ha conferido alguno de esos sacerdocios a un varón, solo necesita ser ordenado a otros oficios dentro de ese sacerdocio.

18.10.1

El Sacerdocio de Melquisedec

El presidente de estaca tiene las llaves del sacerdocio para conferir el Sacerdocio de Melquisedec y ordenar a los oficios de élder y sumo sacerdote. Sin embargo, generalmente es el obispo quien hace las recomendaciones para esas ordenaciones.

18.10.1.1

Élderes

Los hermanos dignos pueden recibir el Sacerdocio de Melquisedec y ser ordenados al oficio de élder a partir de los dieciocho años cumplidos. De acuerdo con las circunstancias personales, el obispo determina si se debe recomendar a un joven para que sea ordenado élder poco después de cumplir los dieciocho años o si debe permanecer con el cuórum de presbíteros por más tiempo.

Antes de tomar la decisión, el obispo consulta al joven y a sus padres o tutores. Los hombres dignos deben ser ordenados élderes a los diecinueve años o antes de salir de casa para asistir a la universidad, servir en una misión de tiempo completo, servir en las fuerzas armadas o aceptar un empleo de tiempo completo.

Los hombres recién bautizados, de dieciocho años en adelante, son ordenados élderes después de haber:

  • Recibido el Sacerdocio Aarónico y servido como presbíteros.

  • Desarrollado suficiente comprensión del Evangelio.

  • Demostrado su dignidad.

No se requiere que pasen un tiempo determinado como miembros de la Iglesia.

18.10.1.2

Sumos sacerdotes

Los varones son ordenados sumos sacerdotes cuando son llamados a la presidencia de estaca, al sumo consejo o al obispado.

18.10.1.3

Entrevistas y sostenimientos

Con la aprobación de la presidencia de estaca, el obispo entrevista al hermano según las instrucciones del formulario Registro de ordenación al Sacerdocio de Melquisedec. Luego, un miembro de la presidencia de estaca también lo entrevista. Con la aprobación del presidente de misión, el presidente de distrito puede entrevistar a un hermano para que sea ordenado élder (véase 6.3).

18.10.2

El Sacerdocio Aarónico

El obispo tiene las llaves del sacerdocio para conferir el Sacerdocio Aarónico y ordenar a los oficios de diácono, maestro y presbítero. Por lo general, se ordena a los hermanos varones dignos a esos oficios en las edades siguientes, pero nunca antes:

  • Diácono, al comenzar el año en que cumplen doce años

  • Maestro, al comenzar el año en que cumplen catorce años

  • Presbítero, al comenzar el año en que cumplen dieciséis años

El obispo, o un consejero asignado, entrevista a quienes vayan a ser ordenados a los oficios de diácono o de maestro para determinar si están preparados espiritualmente. El obispo entrevista a los hermanos que vayan a ser ordenados al oficio de presbítero.

Antes de entrevistar a un joven para la ordenación al sacerdocio, el obispo obtiene permiso verbal de los padres o tutores. No se requiere permiso de uno de los padres ni de un tutor que no tenga base legal para oponerse a la acción.

18.10.3

Presentación de un miembro para que sea sostenido antes de ser ordenado

Después de que un hermano ha sido entrevistado y hallado digno de ser ordenado a un oficio en el sacerdocio, es presentado para su sostenimiento (véase Doctrina y Convenios 20:65, 67). Los hermanos que serán ordenados élderes o sumos sacerdotes son presentados por un miembro de la presidencia de estaca en la sesión general de la conferencia de estaca (véase 6.3 para obtener instrucciones para los presidentes de distrito). Los hermanos que serán ordenados diáconos, maestros o presbíteros son presentados por un miembro del obispado en la reunión sacramental.

La persona que dirige el sostenimiento le pide al hermano que se ponga de pie. Anuncia la propuesta de conferir el Sacerdocio Aarónico o de Melquisedec (si fuera necesario) y de ordenar al hermano al oficio del sacerdocio. Luego invita a los miembros a sostener la propuesta. Por ejemplo, a fin de presentar a un hermano para que sea ordenado élder, podría decir palabras semejantes a estas:

“Proponemos que [nombre] reciba el Sacerdocio de Melquisedec y que sea ordenado élder. Los que estén a favor, sírvanse indicarlo levantando la mano. [Breve pausa]. Opuestos, si los hay, también pueden manifestarlo. [Breve pausa]”.

Si un miembro que goza de plena condición de miembro se opone a la ordenación, el líder que preside u otro líder del sacerdocio a quien se haya asignado se reúne con él en privado después de la reunión y procura entender por qué se ha opuesto. Verifica si el miembro sabe de alguna conducta que podría impedir que la persona sea ordenada al oficio del sacerdocio.

En algunos casos, es posible que un hermano tenga que ser ordenado élder o sumo sacerdote antes de que se le pueda presentar en la conferencia de estaca. Cuando eso sucede, es presentado en la reunión sacramental de su barrio para su sostenimiento. Luego es presentado en la próxima conferencia de estaca para ratificar la ordenación (adaptando el proceso de sostenimiento que se describe anteriormente).

18.10.4

Quién efectúa la ordenanza

El presidente de estaca, o un poseedor del Sacerdocio de Melquisedec bajo su dirección, puede ordenar a un hombre al oficio de élder. Con la aprobación del presidente de misión, el presidente de distrito o alguien bajo su dirección puede llevar a cabo la ordenación (véase 6.3). Solo poseedores del Sacerdocio de Melquisedec pueden formar parte del círculo.

El presidente de estaca, o un sumo sacerdote bajo su dirección, puede ordenar a un hombre al oficio de sumo sacerdote. Solo los sumos sacerdotes pueden formar parte del círculo.

La persona que ordena a un hombre a algún oficio del Sacerdocio de Melquisedec debe ser digna de entrar en el templo. El presidente de estaca o alguien designado por él debe estar presente.

Los presbíteros o los poseedores del Sacerdocio de Melquisedec pueden ordenar a hermanos al oficio de diácono, maestro o presbítero, y deben estar autorizados por el obispo. El obispo o alguien designado por él debe estar presente.

Para participar en una ordenación al Sacerdocio Aarónico, la persona debe ser presbítero o poseedor del Sacerdocio de Melquisedec.

El obispo puede permitir que un padre que sea presbítero o posea el Sacerdocio de Melquisedec ordene a su hijo al oficio de diácono, maestro o presbítero, aun cuando el padre no sea totalmente digno de entrar en el templo (véase 18.3). Los obispos alientan a los padres a prepararse para ordenar a sus propios hijos.

18.10.5

Instrucciones

Para conferir el sacerdocio a una persona y ordenarla a un oficio en el sacerdocio, uno o más poseedores del sacerdocio, que hayan sido autorizados, colocan las manos levemente sobre la cabeza de la persona; entonces, quien actúa como portavoz:

  1. Llama a la persona por su nombre completo.

  2. Declara la autoridad que él mismo posee para efectuar la ordenanza (ya sea el Sacerdocio Aarónico o el Sacerdocio de Melquisedec).

  3. Confiere el Sacerdocio Aarónico o el Sacerdocio de Melquisedec, a menos que ya se haya conferido anteriormente.

  4. Ordena a la persona al oficio correspondiente del Sacerdocio Aarónico o del Sacerdocio de Melquisedec, y le otorga los derechos, los poderes y la autoridad de ese oficio.

  5. Pronuncia palabras de bendición, según se lo indique el Espíritu.

  6. Termina en el nombre de Jesucristo.

Para ordenar a la persona a un oficio del sacerdocio después de que ya se le hubiera conferido dicho sacerdocio correspondiente, la persona que efectúa la ordenación omite el paso 3.

18.10.6

El registro y el certificado de ordenación

Antes de entrevistar a un hermano para ser ordenado a un oficio del Sacerdocio Aarónico, el secretario utiliza el sistema Fuentes de recursos para líderes y secretarios a fin de preparar un Registro de ordenación al Sacerdocio Aarónico. El obispo o un consejero asignado realiza la entrevista y firma el formulario si se cumplen todos los requisitos de dignidad.

Después de la ordenación, el obispo o el consejero asignado llena el formulario y lo entrega a un secretario, quien registra la ordenación en el sistema Fuentes de recursos para líderes y secretarios y prepara el certificado de ordenación.

Debe utilizarse el nombre legal vigente de la persona tanto en el registro como en el certificado de ordenación.

18.11

Apartar a miembros para servir en llamamientos

Los miembros que son llamados y sostenidos para la mayoría de los cargos en la Iglesia deben ser apartados para servir en ellos (véanse Juan 15:16; Doctrina y Convenios 42:11; véase también 3.4.3.1 en este manual). Durante el apartamiento, se da a la persona (1) autoridad para actuar en el llamamiento, y se pronuncian (2) palabras de bendición, según lo indique el Espíritu.

Los presidentes de estaca, los obispos y los presidentes de cuórum reciben llaves de presidencia cuando se les aparta (véase 3.4.1.1). Sin embargo, no se debe emplear la palabra llaves cuando se aparte a los miembros para servir en otros llamamientos, incluso a los consejeros de las presidencias.

18.11.1

Quién efectúa el apartamiento

Un poseedor del Sacerdocio de Melquisedec efectúa el apartamiento. Este debe recibir la aprobación del líder que posea las llaves del sacerdocio pertinentes. En 30.8 se indica quiénes están autorizados para efectuar un apartamiento. Un élder no debe ser el portavoz ni formar parte del círculo cuando se aparte a un hombre a un llamamiento que requiera que este sea sumo sacerdote.

Bajo la dirección del líder que preside, uno o más poseedores del Sacerdocio de Melquisedec pueden participar en el apartamiento. Se aparta a los presidentes antes que a sus consejeros.

El líder que preside puede permitir que un esposo o padre que posea el Sacerdocio de Melquisedec forme parte del círculo en el apartamiento de su esposa o hijo, aun cuando el esposo o padre no sea totalmente digno de entrar en el templo (véase 18.3).

18.11.2

Instrucciones

Uno o más poseedores del Sacerdocio de Melquisedec autorizados para ello colocan las manos levemente sobre la cabeza de la persona. Entonces, quien actúa como portavoz:

  1. Llama a la persona por su nombre completo.

  2. Declara que actúa por la autoridad del Sacerdocio de Melquisedec.

  3. Aparta a la persona al llamamiento en la estaca, el barrio, el cuórum o la clase.

  4. Confiere llaves, si la persona debe recibirlas.

  5. Pronuncia palabras de bendición, según se lo indique el Espíritu.

  6. Termina en el nombre de Jesucristo.

18.12

Consagrar aceite

Los poseedores del Sacerdocio de Melquisedec deben consagrar el aceite de oliva antes de que se utilice para ungir a los enfermos o afligidos (véase Santiago 5:14). No puede utilizarse ningún otro aceite.

Los miembros no deben ingerir aceite consagrado ni aplicarlo sobre las partes del cuerpo afectadas por alguna enfermedad.

18.12.1

Quién efectúa la ordenanza

Uno o más poseedores del Sacerdocio de Melquisedec pueden consagrar aceite. No es necesario recibir la aprobación de un líder del sacerdocio.

18.12.2

Instrucciones

Para consagrar el aceite, el poseedor del Sacerdocio de Melquisedec:

  1. Sostiene el recipiente de aceite de oliva abierto.

  2. Se dirige al Padre Celestial tal como en una oración.

  3. Declara que actúa por la autoridad del Sacerdocio de Melquisedec.

  4. Consagra el aceite (no el recipiente), y lo aparta para la unción y la bendición de los enfermos y afligidos.

  5. Termina en el nombre de Jesucristo.

18.13

Bendecir a los enfermos

La bendición de los enfermos “por la imposición de manos” consta de dos partes: la unción con aceite y el sellamiento de la unción con una bendición. Si no se dispone de aceite consagrado, se puede dar la bendición en virtud de la autoridad del Sacerdocio de Melquisedec, sin la unción.

18.13.1

Quién da la bendición

Solo los poseedores del Sacerdocio de Melquisedec dignos pueden bendecir a los enfermos o afligidos. No es necesario recibir la aprobación de un líder del sacerdocio. De ser posible, los padres que poseen el Sacerdocio de Melquisedec bendicen a los miembros de su familia que estén enfermos.

Normalmente, dos o más poseedores del Sacerdocio de Melquisedec efectúan la bendición a los enfermos. Sin embargo, puede bastar con uno solo para efectuar tanto la unción como el sellamiento.

18.13.2

Instrucciones

La unción con aceite la efectúa un poseedor del Sacerdocio de Melquisedec, el cual:

  1. Vierte una gota de aceite consagrado sobre la cabeza de la persona.

  2. Pone las manos levemente sobre la cabeza de la persona y la llama por su nombre completo.

  3. Declara que actúa por la autoridad del Sacerdocio de Melquisedec.

  4. Declara que unge con aceite que ha sido consagrado para la unción y bendición de los enfermos y afligidos.

  5. Termina en el nombre de Jesucristo.

Para sellar la unción, uno o más poseedores del Sacerdocio de Melquisedec colocan las manos levemente sobre la cabeza de la persona. Entonces, el que sella la unción:

  1. Llama a la persona por su nombre completo.

  2. Declara que sella la unción por la autoridad del Sacerdocio de Melquisedec.

  3. Pronuncia palabras de bendición, según se lo indique el Espíritu.

  4. Termina en el nombre de Jesucristo.

18.14

Las bendiciones de consuelo y consejo, incluyendo las bendiciones de padre

18.14.1

Quién da la bendición

Los poseedores del Sacerdocio de Melquisedec pueden dar bendiciones de consuelo y consejo a sus familiares y a otras personas que las soliciten.

Un padre que posea el Sacerdocio de Melquisedec puede dar bendiciones de padre a sus hijos. Los padres alientan a sus hijos a solicitar bendiciones de padre en los momentos de necesidad. Se pueden grabar las bendiciones de padre para uso personal.

Los poseedores del Sacerdocio de Melquisedec no necesitan recibir la aprobación de un líder del sacerdocio para dar bendiciones de consuelo y consejo, o bendiciones de padre.

18.14.2

Instrucciones

Para dar una bendición de padre u otra bendición de consuelo o consejo, uno o más poseedores del Sacerdocio de Melquisedec colocan levemente las manos sobre la cabeza de la persona; entonces, quien actúa como portavoz:

  1. Llama a la persona por su nombre completo.

  2. Declara que la bendición se efectúa por la autoridad del Sacerdocio de Melquisedec.

  3. Expresa palabras de bendición, consuelo y consejo, según le indique el Espíritu.

  4. Termina en el nombre de Jesucristo.

18.15

La dedicación de hogares

Los miembros de la Iglesia pueden dedicar su hogar por la autoridad del Sacerdocio de Melquisedec.

18.15.2

Instrucciones

Para dedicar el hogar, el poseedor del Sacerdocio de Melquisedec:

  1. Se dirige al Padre Celestial tal como en una oración.

  2. Declara que actúa por la autoridad del Sacerdocio de Melquisedec.

  3. Dedica el hogar como un lugar sagrado donde el Santo Espíritu pueda morar y expresa otras palabras, según le indique el Espíritu.

  4. Termina en el nombre de Jesucristo.

18.16

La dedicación de sepulturas

18.16.1

Quién dedica la sepultura

La persona que dedica una sepultura debe poseer el Sacerdocio de Melquisedec y estar autorizada por el líder del sacerdocio que dirija el servicio.

18.16.2

Instrucciones

Para dedicar una sepultura, el poseedor del Sacerdocio de Melquisedec:

  1. Se dirige al Padre Celestial tal como en una oración.

  2. Declara que actúa por la autoridad del Sacerdocio de Melquisedec.

  3. Dedica y consagra el lugar de la sepultura como sitio de descanso para el cuerpo del fallecido.

  4. Ruega que el lugar sea santificado y protegido hasta la resurrección (donde sea apropiado).

  5. Pide al Padre Celestial que consuele a la familia y expresa los pensamientos que le dicte el Espíritu.

  6. Termina en el nombre de Jesucristo.

Si el cuerpo de un miembro de la Iglesia fuera cremado, el líder que preside puede utilizar su buen juicio para decidir si dedica el lugar donde se preservarán las cenizas.

18.17

Las bendiciones patriarcales

Todo miembro bautizado y digno tiene derecho a recibir una bendición patriarcal, la cual proporciona dirección inspirada del Padre Celestial (véanse Génesis 48:14–1649; 2 Nefi 4:3–11).

El obispo o un consejero asignado entrevista a los miembros que deseen recibir una bendición patriarcal. Si el miembro es digno, la persona que hace la entrevista prepara una Recomendación para bendición patriarcal y la envía a través del Sistema para bendiciones patriarcales en LaIglesiadeJesucristo.org.

La persona que extiende la Recomendación para bendición patriarcal se asegura de que el miembro tenga la madurez suficiente para entender la importancia y la naturaleza sagrada de tal bendición.

18.17.1

Recibir una bendición patriarcal

Luego de recibir la recomendación, el miembro se pone en contacto con el patriarca para fijar una cita a fin de recibir la bendición patriarcal. El día de la cita, el miembro debe acudir al patriarca con espíritu de oración y vestido con ropa de domingo.

Cada bendición patriarcal es sagrada, confidencial y personal; por tanto, se da en privado, salvo por un número limitado de familiares que pueden estar presentes.

La persona que reciba la bendición patriarcal debe atesorar sus palabras, meditarlas y vivir digna de recibir las bendiciones prometidas en esta vida y en la eternidad.

Los miembros de la Iglesia no deben comparar sus bendiciones ni deben compartirlas, excepto con familiares cercanos. Las bendiciones patriarcales no deben leerse en reuniones de la Iglesia ni en otras reuniones públicas.

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