“19. Música”, Selecciones del Manual General, 2023.
“19. Música”, Selecciones del Manual General
19.
Música
19.1
El propósito de la música en la Iglesia
La música sagrada aumenta la fe en Jesucristo, invita al Espíritu y enseña doctrina. También produce un sentimiento de reverencia, unifica a los miembros y proporciona una manera de adorar al Padre Celestial y a Jesucristo.
19.2
La música en el hogar
Por medio de Sus profetas, el Señor ha alentado a las personas y a las familias a utilizar música edificante en su vida diaria.
Las grabaciones de música de la Iglesia están disponibles en las siguientes fuentes:
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Aplicación Música sagrada
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Aplicación Biblioteca del Evangelio
19.3
La música en las reuniones de la Iglesia
19.3.1
Planificar la música para las reuniones de la Iglesia
Los coordinadores de música de barrio y de estaca se ponen de acuerdo con los líderes del sacerdocio a fin de planificar la música para los servicios de adoración. Seleccionan música que realce el espíritu de adoración en las reuniones.
19.3.2
La música en la reunión sacramental
La música de la reunión sacramental incluye himnos entonados por la congregación para la apertura y cierre de la reunión, y antes de bendecir y repartir la Santa Cena. El himno sacramental debe tener como tema la Santa Cena en sí o el sacrificio del Salvador.
La música de preludio se toca mientras los miembros se reúnen antes de la reunión. Después de la última oración, se toca un posludio instrumental mientras los miembros salen de la reunión.
Una reunión sacramental también podría incluir un himno adicional que la congregación entone a la mitad de la reunión, por ejemplo, entre los discursos.
19.3.3
La música en las clases y en otras reuniones de barrio
Los líderes animan a los maestros a utilizar himnos y otra música sagrada para mejorar su enseñanza.
19.3.6
Los instrumentos musicales
Por lo general, en las reuniones de la Iglesia se tocan instrumentos como música de preludio y posludio y para el acompañamiento de himnos. Donde estén disponibles y donde los miembros puedan tocarlos, el órgano y el piano son los instrumentos estándar. Los obispados podrían aprobar el uso de otros instrumentos para acompañar el canto de la congregación, para la música de preludio y posludio y para otras selecciones musicales.
Si no se dispusiera de piano, órgano, pianista u organista, se podrán utilizar grabaciones (véase 19.2).
19.3.7
Los coros
19.3.7.1
Los coros de barrio
Donde haya suficientes miembros, en los barrios se podrían organizar coros que canten con regularidad en la reunión sacramental.
Además del coro de barrio, se puede invitar a familias y a grupos de mujeres, hombres, jóvenes o niños a cantar en las reuniones de la Iglesia.
19.4
Los líderes de música en el barrio
19.4.1
El obispado
El obispo tiene la responsabilidad de la música en el barrio y podría delegar esta responsabilidad en uno de sus consejeros.
19.4.2
El coordinador de música de barrio
El coordinador de música de barrio presta servicio bajo la dirección del obispado y tiene las siguientes responsabilidades:
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Ser un recurso para el obispado y otros líderes del barrio en cuanto a asuntos relacionados con la música.
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Colaborar con el obispado para planificar la música de las reuniones sacramentales (véanse 19.3.1 y 19.3.2).
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Según lo solicite el obispado, recomendar a miembros para que sirvan en llamamientos de música de barrio. Orientar a quienes sirvan en esos llamamientos, ofreciéndoles apoyo, instrucción y capacitación, según sea necesario.
19.4.3
Llamamientos adicionales
El obispado puede llamar a miembros para que presten servicio en los siguientes llamamientos.
19.4.3.1
El líder de música de barrio
El líder de música dirige los himnos de la congregación en la reunión sacramental y en otras reuniones del barrio, según se le solicite.
19.4.3.2
El pianista u organista de barrio
El pianista u organista de barrio proporciona la música de preludio y de posludio, así como el acompañamiento de los himnos en la reunión sacramental y en otras reuniones del barrio, según se le solicite.
19.7
Normas y pautas adicionales
19.7.2
Uso de los instrumentos de los centros de reuniones para practicar, recibir instrucción privada y llevar a cabo recitales
Cuando no haya una alternativa razonable, los líderes del sacerdocio pueden autorizar el uso de los pianos y órganos del centro de reuniones para practicar, para impartir instrucción particular remunerada y para recitales en los que participen miembros de las unidades que utilizan el centro de reuniones.