El apartar a los miembros en sus llamamientos
Los miembros que son llamados a desempeñar un llamamiento en la Iglesia deben ser apartados antes de comenzar a prestar servicio (véase D. y C. 42:11). Bajo la dirección de la autoridad presidente, uno o varios poseedores del Sacerdocio de Melquisedec, entre los que puede estar el padre o el esposo de la persona, si son dignos, pueden participar en el apartamiento. Ponen las manos con suavidad sobre la cabeza de la persona y el que realiza el apartamiento hace lo siguiente:
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Pronuncia el nombre completo de la persona.
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Declara que está apartando a la persona mediante la autoridad del Sacerdocio de Melquisedec.
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Aparta a la persona al llamamiento al que ha sido llamada.
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Otorga una bendición bajo la dirección del Espíritu.
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Termina en el nombre de Jesucristo.
Cuando se aparta al presidente de un quórum de élderes, de maestros o de diáconos, el presidente de rama o de misión confiere las llaves de la presidencia de tal quórum a la persona que está siendo apartada.