Autoridad, ordenanzas y preparación
Las ordenanzas de salvación y exaltación son fundamentales en el gran plan de Dios para Sus hijos y en la preparación de ellos.
En las Escrituras abundan las referencias acerca de la Segunda Venida, un acontecimiento que los justos esperan con ilusión, y al que temen o niegan los inicuos. “… óigase el pregón entre todo pueblo”, advirtió el Señor al inicio de la Restauración. “[H]e aquí, el Esposo viene […]. Preparaos para el gran día del Señor” (Doctrina y Convenios 133:10; véase también D. y C. 34:6).
Prepararse para comparecer ante Dios
Vivimos en el tiempo profetizado “cuando la paz será quitada de la tierra” (Doctrina y Convenios 1:35), cuando “todas las cosas estarán en conmoción; y […] desfallecerá el corazón de los hombres” (Doctrina y Convenios 88:91). Por doquier nos rodean desafíos, pero con fe en Dios, confiamos en las bendiciones que Él ha prometido a quienes guarden Sus mandamientos y se preparen.
Como parte de nuestra preparación para comparecer ante Él, el Señor ha mandado: “… permaneced en lugares santos y no seáis movidos, hasta que venga el día del Señor; porque he aquí, viene pronto” (Doctrina y Convenios 87:8). ¿Cuáles son esos “lugares santos”? Por cierto incluyen el templo, al que asisten los que guardan fielmente sus convenios; ciertamente incluyen los lugares de servicio de misioneros fieles y otros llamados por la autoridad del sacerdocio. Al estar en lugares santos, ejercemos la autoridad del sacerdocio y estamos sujetos a ella, y procuramos las ordenanzas requeridas para la exaltación y la vida eterna.
La autoridad del sacerdocio en la Iglesia restaurada
Hace treinta años, tuve una experiencia en cuanto a cómo la autoridad del sacerdocio de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días difiere de otros tipos de autoridad. La esposa de un prominente pastor protestante vino a mi oficina. Por muchos años, ella y su esposo habían servido al Señor con gran diligencia en el ministerio cristiano. Ahora, ella deseaba unirse a la Iglesia restaurada, pero tenía una duda.
Ella vino a preguntarme por qué tenía que ser bautizada cuando ya había sido bautizada como cristiana por su esposo pastor, quien había bautizado a muchas personas en su congregación. Preguntó: “¿Me está diciendo que mi esposo no tenía la autoridad para bautizar a todas esas personas a las que bautizó?”.
El Espíritu acudió en mi ayuda, tal como pedimos en oración en estas situaciones.
“No, estoy seguro de que su esposo tenía autoridad para esos bautismos”, respondí. “Tenía toda la autoridad que podían otorgarle su iglesia, su congregación y las leyes del país. Utilizó esa autoridad para bautizar, efectuar matrimonios, emplear a personas para las necesidades físicas del edificio de su iglesia y nombrar a personas para que participaran en sus servicios de adoración. No cuestionamos esa autoridad, pero deseamos que conozca un tipo diferente de autoridad: el poder que Dios delega a los seres mortales”.
Le expliqué que lo que nos hace requerir el bautismo para las personas convertidas a la Iglesia restaurada de Jesucristo es la necesidad del bautismo por medio de la autoridad divina que Jesús confirió a Pedro y a los otros apóstoles. Con esa autoridad, Él les dijo que todo lo que ataran en la tierra sería atado en los cielos (véase Mateo 16:19; 18:18). En otras palabras, sería válido y eficaz más allá del velo de la muerte para satisfacer los requisitos del cielo. Le testifiqué que esa autoridad ha sido restaurada y que ahora solo existe en La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días. Algún tiempo después, tanto esta mujer como su esposo fueron bautizados. Los he conocido durante muchos años como miembros fieles.
La importancia de la autoridad es evidente en muchos relatos de las Escrituras sobre el ministerio terrenal de nuestro Salvador. Leemos que las personas a las que enseñaba “se admiraba[n] de su doctrina, porque les enseñaba como quien tiene autoridad, y no como los escribas” (Mateo 7:28–29; véanse también Marcos 1:22; Lucas 4:32). En una sinagoga se “maravillaron” de “que con autoridad manda[ra] aun a los espíritus inmundos, y le obedec[ieran]” (Marcos 1:27; véase también Lucas 4:36). Jesús dijo a los inquisitivos escribas “que el Hijo del Hombre tiene potestad en la tierra para perdonar pecados” (Marcos 2:10; véase también Lucas 5:24).
Posteriormente, los principales sacerdotes y los ancianos le preguntaron con qué autoridad hacía esas cosas (véanse Mateo 21:23–27; Marcos 11:27–33). No cumplieron el requisito de Él para que les diera una respuesta. Sin embargo, lo que Él dijo e hizo después revela Su respuesta. Cuando llamó a Sus apóstoles, Él los “[puso]” (Juan 15:16), “para enviarlos a predicar, y que tuviesen autoridad para sanar enfermedades y para echar fuera demonios” (Marcos 3:14–15; véanse también Mateo 10:1; Lucas 9:1; Hechos 8:18–19). Cuando Él llamó a los Setenta, les dio “potestad” (Lucas 10:19).
El Salvador tenía poder y autoridad divinos, y los compartió. Como dijo Juan el Bautista, el Padre “ha puesto todas las cosas en sus manos” (Juan 3:35).
La función de las ordenanzas
Los ejemplos más conocidos del ejercicio de la autoridad del sacerdocio tienen que ver con las ordenanzas. Las ordenanzas y el sacerdocio son inseparables. Una ordenanza es un acto sagrado de importancia eterna, realizado con la autoridad del sacerdocio. Acompaña la realización de convenios y la promesa de bendiciones. Las ordenanzas de la Iglesia restaurada de Jesucristo incluyen el bautismo, tomar la Santa Cena (la ordenanza más frecuente en la Iglesia) y las ordenanzas del templo, incluidos los matrimonios por el tiempo y por toda la eternidad y el don de lo que llamamos la investidura, que consiste en conocimiento, convenios y bendiciones prometidas.
El requisito de las ordenanzas lo ha dado Dios y tiene un efecto eterno. “Hay una ley, irrevocablemente decretada en el cielo antes de la fundación de este mundo, sobre la cual todas las bendiciones se basan” (Doctrina y Convenios 130:20). Y “… todos los que quieran recibir una bendición de [la mano del Señor] han de obedecer la ley que fue decretada para tal bendición, así como sus condiciones, según fueron instituidas desde antes de la fundación del mundo” (Doctrina y Convenios 132:5).
Las ordenanzas de salvación y exaltación son fundamentales en el gran plan de Dios para Sus hijos. Jesús enseñó que la salvación en el Reino de Dios se obtiene al “nac[er] de agua y del Espíritu” (Juan 3:5). La exaltación (la vida eterna, “el tipo y la calidad de vida que viven el Padre Celestial y Su Hijo Amado”1) se recibe por medio de los convenios y las ordenanzas más altos del templo (véanse Doctrina y Convenios 14:7; 84:38; 88:107; 132:16–17, 20–21). Nuestro profeta, el presidente Russell M. Nelson, ha enseñado lo siguiente: “Esta vida es el momento de prepararse para la salvación y la exaltación. En el plan eterno de Dios, la salvación es un asunto individual y la exaltación es un asunto familiar”2.
Prepararse para comparecer ante el Señor
En la revelación moderna, se nos dice que el que teme al Señor “estará esperando que llegue el gran día del Señor, sí, las señales de la venida del Hijo del Hombre” (Doctrina y Convenios 45:39). En el período final antes de concluir Su ministerio terrenal, Jesús habló de Su segunda venida. Describió las tribulaciones que vendrían primero y la importancia —a pesar de esas tribulaciones— de estar “preparados” (Mateo 24:44). Luego declaró: “Bienaventurado aquel siervo al que, cuando su señor venga, le halle haciendo así” (Mateo 24:46; véase también Lucas 12:37, 43).
El presidente Nelson ha enseñado: “Nos estamos preparando para el punto culminante de esta última dispensación, cuando la segunda venida del Salvador se haga realidad”3. Las señales de la Segunda Venida están por todos lados y parecen estar aumentando en frecuencia e intensidad. En todo el mundo, estamos experimentando terremotos, hambrunas, tifones, inundaciones, pestilencias y conflictos armados, o escuchamos en cuanto a ellos. Sin embargo, no todas esas señales son amenazantes. Una señal positiva de los tiempos es el profetizado recogimiento de Israel, el cual el presidente Nelson ha declarado que “es lo más importante que se está llevando a cabo hoy en la tierra”4.
A medida que avanza el recogimiento, estamos estableciendo estacas “para defensa y para refugio contra la tempestad y contra la ira, cuando sea derramada sin mezcla sobre toda la tierra” (Doctrina y Convenios 115:6). También estamos acelerando la construcción de templos, donde los fieles pueden recogerse en su propia tierra a fin de hacer los convenios que les permitan reunir los requisitos para obtener la vida eterna (véanse Doctrina y Convenios 84:19–22; 131:1–3).
Tal como se enseña en el Libro de Mormón, “esta vida es cuando el hombre debe prepararse para comparecer ante Dios” (Alma 34:32). ¿Nos estamos preparando?
¿Y si el día de Su venida fuese mañana? Si supiéramos que mañana nos encontraríamos con el Señor, ya fuese por medio de nuestra muerte o mediante Su venida, ¿qué haríamos hoy? ¿Qué confesiones haríamos? ¿Qué dejaríamos de hacer? ¿A quién perdonaríamos? ¿Qué ordenanzas procuraríamos obtener? ¿Qué otras cosas haríamos para guardar nuestros convenios? Si pudiéramos hacer eso en aquel momento, ¿por qué no hacerlo ahora? Si nuestras lámparas de preparación están agotadas, empecemos de inmediato a reponerlas.