Sección 85
Revelación dada por medio de José Smith el Profeta en Kirtland, Ohio, el 27 de noviembre de 1832. Esta sección es parte de una carta del Profeta a William W. Phelps, que vivía en Independence, Misuri. Contesta las preguntas acerca de los santos que se habían trasladado a Sion pero que no habían seguido el mandamiento de consagrar sus propiedades y, por ende, no habían recibido sus heredades de acuerdo con el orden establecido en la Iglesia.
1–5, En Sion, las heredades han de recibirse por medio de la consagración; 6–12, Uno poderoso y fuerte dará a los santos sus heredades respectivas en Sion.
1 Es el deber del secretario del Señor, a quien él ha nombrado, llevar una historia y un registro general de la iglesia de todas las cosas que acontezcan en Sion, y de todos los que consagren bienes y reciban legalmente heredades del obispo;
2 así como su manera de vivir, su fe y sus obras; y también de los apóstatas que se aparten después de recibir sus heredades.
3 Es contrario a la voluntad y al mandamiento de Dios que estén inscritos con los del pueblo de Dios los nombres de aquellos que no reciban su heredad por consagración, conforme a su ley, que él ha dado, para diezmar a su pueblo, a fin de prepararlo para el día de la venganza y el fuego.
4 Ni tampoco se guardará su genealogía, ni ha de hallarse en ninguno de los registros o historia de la iglesia.
5 Ni sus nombres, ni los nombres de sus padres, ni los de sus hijos se hallarán escritos en el libro de la ley de Dios, dice el Señor de los Ejércitos.
6 Sí, así dice la voz suave y apacible que a través de todas las cosas susurra y penetra, y a menudo hace estremecer mis huesos mientras se manifiesta, diciendo:
7 Y sucederá que yo, Dios el Señor, enviaré a uno poderoso y fuerte, con el cetro de poder en su mano, revestido de luz como un manto, cuya boca hablará palabras, palabras eternas, mientras que sus entrañas serán una fuente de verdad, para poner en orden la casa de Dios y para disponer por sorteo las heredades de los santos cuyos nombres, junto con los de sus padres e hijos, estén inscritos en el libro de la ley de Dios;
8 mientras que aquel hombre, que fue llamado por Dios y nombrado, que extienda su mano para sostener el arca de Dios, caerá por el dardo de la muerte, como el árbol herido por el fulgente golpe del rayo.
9 Y todos aquellos cuyos nombres no estén asentados en el libro de memorias, no hallarán herencia en aquel día, antes serán desarraigados y se les señalará su porción entre los incrédulos, en donde es el lloro y el crujir de dientes.
10 No digo yo estas cosas de mí mismo; por tanto, tal como habla el Señor, así también cumplirá.
11 Y los del sumo sacerdocio, así como los del sacerdocio menor y los miembros, cuyos nombres no se hallen escritos en el libro de la ley, o se descubra que han apostatado, o que han sido separados de la iglesia, no tendrán herencia entre los santos del Altísimo en aquel día;
12 por consiguiente, les será hecho como a los hijos del sacerdote, cual está escrito en el capítulo segundo, versículos sesenta y uno y sesenta y dos de Esdras.