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Capítulo 7: La preparación de nombres a fin de efectuar las ordenanzas del templo


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La preparación de nombres a fin de efectuar las ordenanzas del templo

Introducción

El élder Russell M. Nelson, del Quórum de los Doce Apóstoles, enseñó: “El objetivo de la obra de la historia familiar es obtener los nombres y los datos de nuestros antepasados para efectuar las ordenanzas del templo en beneficio suyo” (“Los jóvenes adultos y el templo”, Liahona, febrero de 2006, pág. 13). El élder Dennis B. Neuenschwander, miembro emérito de los Setenta, dijo: “La obra de la historia familiar nos conduce hacia el templo. La historia familiar y la obra del templo son una sola obra… La investigación de historia familiar debe ser la fuente principal de los nombres que se obtienen para las ordenanzas del templo, y las ordenanzas del templo son la razón primordial por la que se debe llevar a cabo la investigación de la historia familiar. (“Los puentes y los recuerdos eternos”, Liahona, julio de 1999, pág. 100).

El envío de nombres para las ordenanzas del templo es una opción que aparece automáticamente como parte del programa FamilySearch. Hasta mediados de la década de 1970, la preparación de nombres para las ordenanzas del templo requería el envío de formularios de solicitud por correo a las oficinas generales de la Iglesia. El élder Monte J. Brough, ex miembro de los Setenta, dijo que para apreciar el actual proceso de envío de nombres, “tenemos que hablar del pasado, cuando los miembros enviaban la información de cada uno de sus antepasados a las Oficinas Generales de la Iglesia. Preparar un nombre para las ordenanzas del templo era un proceso complejo y lento. Podía llegar a tardar hasta nueve meses. De hecho, a menudo las personas enviaban un nombre y para el tiempo que se aprobaba, ya se habían olvidado del mismo” (en “Everyone’s Blessing”, Ensign, diciembre de 1994, pág. 19). Gracias a la tecnología moderna y al software de historia familiar, un nombre con la información mínima requerida se puede aprobar casi instantáneamente.

Este capítulo trata de la urgencia expresada por los profetas de los últimos días con respecto a la obra de historia familiar. También les ayudará a familiarizarse con las normas para el envío de los nombres a los templos.

Comentario

Los profetas de los últimos días han expresado urgencia para que efectuemos las ordenanzas de salvación para los muertos [7.1]

Los ángeles necesitan nuestra ayuda. [7.1.1]

En la dedicación del piso inferior del Templo de St. George Utah el 1 de enero de 1877,el presidente Brigham Young (1801–1877) indicó que algunas personas que se encuentran en el mundo de los espíritus han esperado miles de años para que se efectúe la obra del templo por ellas: “¿Qué suponen ustedes que nuestros antepasados nos dirían si pudieran hablar desde los muertos? ¿No dirían quizás, ‘Hemos yacido aquí en esta prisión por miles de años, esperando que llegue esta dispensación?’… ¿Qué nos dirían al oído? Pues, si tuvieran el poder para hacerlo, resonarían en nuestros oídos como truenos del cielo queriendo saber si entendemos la importancia de la obra a la que estamos dedicados. Todos los ángeles del cielo están contemplando a este pequeño puñado de personas, estimulándolas a efectuar la salvación de la familia humana” (Enseñanzas de los Presidentes de la Iglesia: Brigham Young, 1997, pág. 325).

Tener más templos significa más trabajo por hacer. [7.1.2]

Presidente Spencer W. Kimball

La construcción de templos se aceleró durante la administración del presidente Spencer W. Kimball. Cuando pasó a ser Presidente de la Iglesia en diciembre de 1973, había 15 templos en funcionamiento. Cuando murió en noviembre de 1985, había 36 templos en funcionamiento. En una ocasión el presidente Kimball (1895–1985) habló sobre la urgencia de construir más templos:

“Comenzará el período más intensivo de edificación de templos en la historia de la Iglesia. Anhelamos el día en que las ordenanzas sagradas de la Iglesia, que se efectúan en los templos, estén a disposición de todos los miembros de la Iglesia en lugares convenientes en todo el mundo.

“La construcción de estos templos debe ir acompañada de extraordinaria actividad en la investigación genealógica [historia familiar] por parte de todos los miembros de la Iglesia.

“Sabemos que es de suma urgencia que llevemos a cabo esta gran obra, y alentamos a los miembros a aceptar su responsabilidad en ella; esto lo hacen escribiendo su historia personal y familiar, participando en el programa de extracción de nombres cuando son llamados para hacerlo, completando su investigación de las cuatro generaciones y luego continuando con la investigación familiar a los efectos de redimir a sus familiares fallecidos” (“La obra del Señor seguirá adelante”, Liahona, julio de 1980, pág. 6).

La obra de redención de los muertos se deben acelerar. [7.1.3]

Presidente Howard W. Hunter

El presidente Howard W. Hunter (1907–1995) a menudo testificó de la urgencia que la historia familiar y la obra del templo merecía:

“De José Smith el Profeta hasta nuestro profeta actual, vidente, revelador, y presidente… hemos sido amonestados a ocuparnos de nuestros muertos y llevar a cabo por ellos las ordenanzas necesarias para su exaltación en el reino celestial de Dios…

“Al hombre no se le dio la opción de hacer esta obra cuando y si quisiera, o cuando tuviera tiempo, sino que la labor fue otorgada como una obligación por cumplir…

“Nuestros muertos están esperando ansiosamente por nosotros para que busquemos sus nombres y luego vayamos a los templos de Dios para oficiar por ellos, para que sean liberados de su prisión en el mundo de los espíritus. Las llaves de este gran poder otorgadas al profeta José Smith están con nosotros hoy. Este poder, para oficiar por los muertos, rompe las barreras de la tumba. Todos nosotros deberíamos sentir el gozo de esta magnífica obra de amor…

“En cuanto a la obra del templo y la historia familiar, tengo un mensaje predominante: Esta labor debe apresurarse. La obra que queda por hacer es enorme y escapa a la comprensión humana…

“Sabemos que nuestra responsabilidad es para con cada hijo e hija de Dios, a pesar de que hayan dejado la vida mortal. En realidad, nadie muere. La gran obra de los templos, y todo lo que lo que implica, debe expandirse. ¡Es imprescindible!” (The Teachings of Howard W. Hunter, 1997, págs. 231–234).

El Señor ha preparado un camino. [7.1.4]

Presidente Henry B. Eyring

El presidente Henry B. Eyring, de la Primera Presidencia, enseñó que el Señor preparó un camino desde el principio para que ayudemos a nuestros antepasados:

“Muchos de los antepasados de ustedes murieron sin haber tenido nunca la oportunidad de aceptar el Evangelio ni de recibir las bendiciones y las promesas que ustedes han recibido. El Señor es justo y es amoroso, y, por consiguiente, Él ha preparado tanto para ustedes como para mí la manera de que se cumpla el deseo de nuestro corazón de brindar a nuestros antepasados todas las bendiciones que Él nos ha brindado a nosotros.

“El plan para hacer eso posible ha existido desde el principio. El Señor hizo promesas a Sus hijos hace mucho tiempo. El último libro del Antiguo Testamento es el libro del profeta Malaquías, y las últimas palabras de éste son tanto una grata promesa como una severa advertencia.

“‘He aquí, yo os envío a Elías el profeta, antes que venga el día de Jehová, grande y terrible.

“‘El hará volver el corazón de los padres hacia los hijos, y el corazón de los hijos hacia los padres, no sea que yo venga y hiera la tierra con maldición’ (Malaquías 4:5–6).

“Es de importancia fundamental comprender algunas de esas palabras. El día de Jehová, grande y terrible es el fin del mundo. Jehová, el Mesías, vendrá en gloria. Todos los malvados serán destruidos. Vivimos en los últimos días. Quizás no nos quede tiempo suficiente para hacer lo que hemos prometido hacer” (“Teniendo entrelazados sus corazones”, Liahona, mayo de 2005, pág. 78).

Las bases de datos de historia familiar de la Iglesia ayudan a determinar qué ordenanzas del Evangelio son necesarias para los antepasados conocidos [7.2]

Con la tecnología el envío de nombres resulta más sencillo. [7.2.1]

El élder Russell M. Nelson explicó que el recientemente actualizado programa de FamilySearch facilita la obra de historia familiar y ayuda a los miembros de la Iglesia a determinar qué ordenanzas del templo se han o no realizado por cada antepasado individualmente: “El profeta José Smith dijo: ‘La responsabilidad mayor que Dios ha puesto sobre nosotros en este mundo es ocuparnos de nuestros muertos’ (Enseñanzas de los Presidentes de la Iglesia: José Smith, 2007, pág. 507). Con la nueva tecnología resulta más fácil que nunca cumplir con esa responsabilidad. La obra del templo y de historia familiar ahora se facilita mediante un sistema conocido como [FamilySearch]. Este sistema de internet ayuda a los miembros a localizar a sus antepasados, a determinar qué ordenanzas se necesita efectuar por ellos y a preparar los nombres para el templo. Se puede acceder a él desde el hogar, desde un centro de historia familiar o desde cualquier sitio donde haya internet. Los pasos son fáciles de seguir” (“Generaciones entrelazadas con amor”, Liahona, mayo de 2010, págs. 92–93).

mujer con una computadora

FamilySearch ayuda a preparar nombres para efectuar las ordenanzas del templo. [7.2.2]

FamilySearch les puede ayudar en el proceso de preparación de los nombres de sus antepasados para que ellos reciban sus ordenanzas en el templo. Una vez que hayan encontrado familiares y los hayan agregado a su árbol genealógico en FamilySearch, aparecerá la información sobre las ordenanzas del templo de esas personas. FamilySearch tiene tutoriales y ayudas en el sitio web para asistirles en el proceso. Dado a que el proceso, los símbolos y las explicaciones en el programa se mejoran y actualizan periódicamente, la información siguiente ilustra los conceptos básicos para determinar el estado de la obra de las ordenanzas y la preparación de los nombres de una persona o familia para el templo:

  1. Determinen qué ordenanzas del Evangelio se han hecho y cuáles todavía se tengan que efectuar. Un símbolo junto al nombre del jefe de familia indica el estado de las ordenanzas de esa familia. Pueden obtener información más detallada haciendo clic en el símbolo. FamilySearch indica las ordenanzas efectuadas, las que aún deben efectuarse, las que están en curso (que alguien ha reservado, es decir, solo la persona que envió el nombre puede llevar a cabo la ordenanza) y en algunos casos, las ordenanzas que no se necesitan (tal como el bautismo por niños que murieron antes de la edad de ocho años).

  2. De los antepasados que aún necesitan ordenanzas, determinen cuáles de ellos cumplen los requisitos para efectuar la obra del templo. FamilySearch les informa cuando se necesita el permiso del pariente vivo más cercano de la persona por la cual quieren efectuar la obra. También les informa cuando se necesita más información antes de que las ordenanzas se puedan efectuar por ciertas personas. Consulten las siguientes secciones de este capítulo para obtener más información acerca de por quiénes pueden efectuar las ordenanzas y cómo ciertas circunstancias especiales influyen en la forma de preparar los nombres para el templo.

  3. Reserven nombres para el templo. Después de determinar la posibilidad de efectuar ordenanzas por cierta persona o familia, sigan las instrucciones para reservar el nombre para efectuar las ordenanzas del templo (intenten hacer clic en el estado de las ordenanzas de la persona y sigan las instrucciones). Al reservar el nombre, éste se sumará a su lista de Ordenanzas del templo y hará que el estado de la obra del templo aparezca como “en curso”.

  4. Envíen nombres al templo. Pueden servir como representantes de sus antepasados, o pueden optar por permitir que alguien más sirva como representante. Diríjanse a la pestaña Ordenanzas del templo para imprimir una solicitud de ordenanzas familiares para llevar al templo. Al llegar al templo, los obreros del templo escanearán la solicitud e imprimirán las tarjetas de ordenanzas familiares (de color rosa, azul y amarillo). Ustedes pueden optar por pedirle a los obreros del templo que inviten a alguna persona a servir como representante. También puede optar por asignar nombres al templo. Esto significa que los nombres serán enviados a un templo y las personas que visitan el templo llevarán a cabo las ordenanzas a favor de esas personas. Revisen la última sección de este capítulo para obtener más información acerca de servir como representante a favor de sus antepasados.

tarjetas de ordenanzas del templo

Tarjetas como éstas se imprimen y se llevan al templo para realizar las ordenanzas del templo por nuestros antepasados.

Sigan las normas establecidas para preparar nombres a fin de efectuar las ordenanzas del templo [7.3]

Determinen qué nombres pueden enviar. [7.3.1]

La Iglesia ha establecido las siguientes pautas respecto a los nombres que se pueden enviar para las ordenanzas del templo:

“Por lo general, se pueden efectuar las ordenanzas del templo por personas fallecidas después de transcurrido un año o más desde la fecha de defunción, independientemente de la dignidad de la persona o la causa del fallecimiento. Si tienen preguntas, tengan a bien acudir a su obispo o presidente de rama.

“Antes de efectuar las ordenanzas por una persona fallecida que haya nacido hace menos de 95 años, obtenga el permiso del pariente más cercano que esté vivo. Es posible que los parientes no deseen que se efectúen las ordenanzas o que ellos mismos deseen efectuarlas. Los parientes más cercanos que estén vivos son, en este orden: el cónyuge, los hijos, los padres y los hermanos.

“Usted tiene la responsabilidad de enviar los nombres de las siguientes personas para que se lleve a cabo la obra del templo (debe haber transcurrido por lo menos un año desde el fallecimiento):

  • Los integrantes de la familia inmediata.

  • Los antepasados de línea directa (padres, abuelos, bisabuelos, etc. y sus respectivas familias).

“también se pueden enviar los nombres de las siguientes personas si ya ha transcurrido por lo menos un año desde su fallecimiento:

  • Las líneas familiares biológicas, adoptivas y tutelares conectadas a su familia.

  • Las líneas familiares colaterales (tíos, tías, primos y sus respectivas familias).

  • Sus propios descendientes.

  • Los “posibles antepasados”, es decir, las personas que posiblemente tengan un parentesco que no se haya podido verificar debido a que los registros son inadecuados, tales como aquellos que tengan el mismo apellido y que hayan vivido en los mismos lugares que otros antepasados conocidos.

“No envíe nombres de personas que no tengan parentesco con usted; por ejemplo, nombres de personajes famosos o nombres que se hayan obtenido a través de proyectos de extracción no aprobados, tales como las víctimas del holocausto Judío.

“Se pueden enviar los nombres de personas con las que se haya tenido una amistad. Se trata de una excepción a la regla general de que los miembros no deben enviar los nombres de personas con las que no estén emparentados. Antes de efectuar las ordenanzas por algún amigo fallecido, los miembros deben obtener permiso del pariente más cercano que esté vivo” (Guía para los miembros sobre la obra del templo y de historia familiar, 2009, págs. 34–35).

Determinen las situaciones en las que las ordenanzas quizás no sean necesarias. [7.3.2]

FamilySearch indica en qué casos no se necesitan las ordenanzas, como en las siguientes situaciones:

  • Los niños nacidos después de que su madre fue sellada a su marido en un templo, nacen dentro del convenio; por lo tanto, no necesitan recibir la ordenanza del sellamiento a los padres.

  • Si un niño murió antes de los ocho años no se realiza el bautismo ni la investidura (véase Moroni 8:8–12; véase también Merlin R. Lybbert, “La condición especial de los niños”, Liahona, julio de 1994, págs. 36–38). Para tales niños solo se lleva a cabo el sellamiento a los padres. Si el niño se selló a los padres mientras vivía o si nació dentro del convenio, no se realizan ordenanzas vicarias.

Templo Gila Valley, Arizona

Templo Gila Valley, Arizona

Existen normas para preparar nombres a fin de enviarlos al templo cuando existen circunstancias inusuales [7.4]

Las parejas cuyo matrimonio no está documentado pueden sellarse. [7.4.1]

Si encuentran a una pareja entre sus antepasados que vivieron juntos como marido y mujer, pero no pueden encontrar ninguna información para documentar su matrimonio, pueden efectuar su sellamiento en el templo preparando sus nombres en FamilySearch para esa ordenanza y enviándolos al templo.

Templo de Fukuoka, Japón

Templo de Fukuoka, Japón

Existen normas específicas en cuanto a los niños nacidos muertos. [7.4.2]

No se efectúan las ordenanzas del templo para los niños nacidos muertos (aquellos que se consideran muertos en el momento de nacer). Sin embargo, se les puede incluir en los registros de la familia (el niño puede simplemente aparecer como “mortinato”).

En algunos lugares, como Europa, los niños que no nacieron muertos pero que murieron al poco tiempo de nacer, a menudo se les documentaba como “mortinato”. Dado que esos niños estuvieron vivos durante un corto período de tiempo, pueden ser sellados a sus padres. FamilySearch les permitirá saber si pueden efectuar una ordenanza de sellamiento para un niño que aparece como “mortinato”. (La computadora clasificará dicha información según el período de tiempo y la probabilidad, o la posibilidad de que un niño que permaneció vivo por corto tiempo podría haber sido registrado como “mortinato” durante una época en particular).

Se puede efectuar ordenanzas por personas que se presumen muertas. [7.4.3]

Para las personas que se presumen muertas porque desaparecieron en combate (por ejemplo, en tiempos de guerra), perdidas en el mar, declaradas legalmente muertas, o que desaparecieron en circunstancias donde la muerte es evidente, pero nunca se recuperó el cuerpo se pueden realizar sus ordenanzas del templo después de pasar 10 años desde el momento de la presunta muerte.

En todos los demás casos de personas desaparecidas, no se deben efectuar las ordenanzas del templo hasta que se hayan cumplido 110 años desde el nacimiento de la persona (se supone que si la persona está desaparecida, pero con vida, él o ella habrá muerto antes de llegar a los 110 años).

Existen normas para el sellamiento de mujeres que se casaron más de una vez. [7.4.4]

Si una mujer estuvo legalmente casada más de una vez (por ejemplo, después de la muerte de su marido), se puede realizar la ordenanza de sellamiento por ella y por cada esposo. Eso evitará la situación de tener que tomar decisiones que estén fuera de nuestro alcance. Recuerden, si una ordenanza se realiza en la tierra, no es vinculante sino hasta que sea aceptada en el mundo de los espíritus por la persona digna por quien se efectuó la ordenanza.

Se pueden realizar todas las ordenanzas por personas con discapacidades mentales. [7.4.5]

Todas las ordenanzas del templo pueden efectuarse a favor de personas con discapacidad mental si murieron cuando tenían ocho años de edad o más. Si murieron antes de los ocho años de edad, solo se necesita la ordenanza de sellamiento a los padres.

Consulten en cuanto a las normas que aplican en otras circunstancias inusuales. [7.4.6]

Pregunte a su consultor de historia familiar sobre las normas para las ordenanzas del templo en otras circunstancias inusuales. Si el consultor de historia familiar no sabe la respuesta, pregunte a su líder del sacerdocio (el obispo o presidente de rama), y él les ayudará a encontrar la respuesta.

jóvenes adultos frente a un templo

Si ustedes tiene una recomendación para el templo y han sido investidos, pueden servir como representantes de personas del mismo sexo, cuyos nombres han preparado para las ordenanzas del templo, o pueden permitir que otras personas sirvan como representantes para las personas que haya preparado para las ordenanzas del templo [7.5]

obispo en un escritorio en Ghana

Líderes autorizados del sacerdocio ayudan a certificar la dignidad de una persona para asistir al templo.

La dignidad es esencial para la adoración en el templo. [7.5.1]

Para entrar en el templo, debes ser digno(a); y tienes que dar constancia de tu dignidad en dos entrevistas, una con un miembro del obispado o con el presidente de rama y otra con un miembro de la presidencia de estaca o con el presidente de misión. Esos líderes del sacerdocio harán las entrevistas en forma privada y las mantendrán confidenciales; en cada una de ellas, el líder del sacerdocio te preguntará acerca de tu conducta y dignidad personales, te preguntará acerca de tu testimonio de nuestro Padre Celestial y de la expiación de Jesucristo, y si apoyas a los líderes generales y locales de la Iglesia. Te pedirá que confirmes que eres moralmente limpio y que guardas la Palabra de Sabiduría, que pagas un diezmo íntegro, que vives en armonía con las enseñanzas de la Iglesia y que no estás afiliado a ningún grupo apóstata ni sientes afinidad con ellos.

“Si das respuestas aceptables a las preguntas de las entrevistas y si tú te consideras digno(a) de entrar en el templo y los líderes del sacerdocio están seguros de que lo eres, recibirás una recomendación para el templo. Tú y los líderes del sacerdocio la firmarán, y esa recomendación te permitirá entrar al templo durante los dos años siguientes en tanto sigas siendo digno(a).

“Las entrevistas de recomendación para el templo te ofrecen una gran oportunidad de examinar tu dignidad y tu forma de vivir” (“Dignidad para entrar en el templo”, Leales a la Fe: Una Referencia del Evangelio, 2004, págs. 188–189).

Después de haber recibido su investidura, cuando asistan al templo de nuevo, servirán como representantes de una persona que se encuentra del otro lado del velo. Mediante la obra del templo por los muertos, los miembros de la Iglesia tienen la oportunidad de adorar en el templo con regularidad y recordar los convenios que se hacen y las bendiciones que se prometen en esas ordenanzas sagradas.

Los miembros que aún no han sido investidos, pero que por lo menos tienen 12 años de edad o los conversos a la Iglesia bautizados recientemente, pueden recibir una recomendación de uso limitado por parte del obispo o presidente de rama para hacer bautismos y confirmaciones por los muertos. Los varones deben ser poseedores del sacerdocio. Solo pueden servir como representantes de personas de su propio sexo.

Templo de Copenhague, Dinamarca

Templo de Copenhague, Dinamarca

Otras personas pueden efectuar ordenanzas por nombres que ustedes hayan preparado. [7.5.2]

Ustedes y su familia no tienen que representar personalmente a los antepasados cuyos nombres ustedes hayan preparado para las ordenanzas del templo; sino que pueden optar por entregar las tarjetas que imprimieron a otras personas, como a los miembros del barrio o rama, para que puedan servir como representantes para las ordenanzas. También existe una opción en FamilySearch para remitir los nombres de sus antepasados a los templos y así permitir que otras personas efectúen las ordenanzas por esas personas.

Preguntas para reflexionar

  • ¿Cuáles son dos o tres razones por las que la obra por los muertos es urgente?

  • ¿Cuáles son las necesidades inmediatas de su propia obra de historia familiar?

Asignaciones sugeridas

  • Busquen información de otra persona o familia y para prepararla para a las ordenanzas del templo.

Recursos adicionales

  • Spencer W. Kimball, “La obra del Señor seguirá adelante”, Liahona, julio de 1980, págs. 2–7).

  • Howard W. Hunter, “Un pueblo deseoso de asistir al templo”, Liahona, mayo de 1995, págs. 3–7.

  • Russell M. Nelson, “(“Los jóvenes adultos y el templo”, Liahona, febrero de 2006, págs. 10–15.