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Convenio de Abraham o abrahámico


Convenio de Abraham o abrahámico

Abraham recibió el Evangelio y fue ordenado sumo sacerdote (véase D. y C. 84:14; Abraham 1:2). Posteriormente participó en el matrimonio celestial, que es el convenio de la exaltación (véase D. y C. 131:1–4; 132:19, 29). En conexión con los convenios que hizo, recibió del Señor grandes promesas concernientes a su familia, entre ellas las que se indican a continuación:

  • Su posteridad sería numerosa (véase Génesis 17:5–6; Abraham 2:9; 3:14).

  • Su posteridad, o sea, sus descendientes, recibirían el Evangelio y poseerían el sacerdocio (véase Abraham 2:9).

  • A través del ministerio de su posteridad, serían “bendecidas todas las familias de la tierra, sí, con las bendiciones del evangelio, que son las bendiciones de salvación, sí, de vida eterna” (Abraham 2:11).

En conjunto, todos los convenios y las promesas que Abraham recibió del Señor se llaman el convenio de Abraham o el convenio abrahámico. Es un convenio sempiterno que se hace extensivo a toda la posteridad de Abraham (véase Génesis 17:7). Para ser contada entre la posteridad de Abraham, la persona debe obedecer las leyes y ordenanzas del Evangelio; entonces, esa persona puede recibir todas las bendiciones del convenio abrahámico aunque él o ella no sean descendientes literales de Abraham (véase Gálatas 3:26–29; 4:1–7; D. y C. 84:33–40).

Como miembro de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, tú eres un hijo o una hija del convenio (véase 3 Nefi 20:25–26). Has recibido el Evangelio sempiterno y has heredado las mismas promesas dadas a Abraham, a Isaac y a Jacob. De acuerdo con la fidelidad que demuestres al recibir las ordenanzas de salvación y guardar los convenios relacionados con ellas, tendrás el derecho a las bendiciones del sacerdocio y a la vida eterna. Las naciones de la tierra serán bendecidas por tus esfuerzos y por la labor de tu posteridad.